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Ángel Azul: RAL-UZ 72. Papel de impresión para publicaciones fabricado principalmente con papel usado.
Los criterios ambientales a cumplir son:
- Un mínimo de 800 kg. de papel usado se usará para la producción de una tonelada de nuevo papel. El contenido de fibras vírgenes no debe ser superior a 250 kg. de cada tonelada de papel nuevo.
- Los productos a los que afecta esta ecoetiqueta deben cumplir lo siguiente:
- El contenido del formaldehído detectable no debe exceder de 0.5 mg/dm2.
- El contenido de pentaclorofenol no debe exceder de 0.15 mg/kg.
- La adición productos que den brillo no está permitido.
- No se deberán usar colorantes o pigmentos presentes en la Directiva 2002/61/CEE.
- Los colorantes que contengan mercurio, plomo, cadmio o cromo hexavalente como componentes no se deberán usar.
- Además, no se usarán colorantes, agentes de acabado, de recubrimiento y otros agentes que estén incluidos en el anexo I de la Directiva 67/548/CEE, y aquellos incluidos en el anexo IV de la misma deberán llevar la etiqueta correspondiente.
- El tratamiento a realizar sobre el papel usado se hará sin cloro, agentes blanqueadores halogenados y agentes difícilmente biodegradables como EDTAs o DTPAs.
- Sólo se utilizarán biocidas listados en Regulación (CE) nº 2032/2003.
- Las fibras vírgenes usadas para la elaboración de productos dentro de los límites de la máxima cantidad permitida sólo si son elaborados sin ayuda de cloro, agentes blanqueadores halogenados y abrillantadores ópticos.
- El origen de la madera de la que procedan las fibras vírgenes debe poder ser verificable. La madera debe proceder de explotaciones forestales sostenibles.
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